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Importancia de HARPC para las empresas exportadoras

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El concepto de Análisis de Peligros y Controles Preventivos Basados en Riesgo (HARPC), es una nueva exigencia de la Ley de Modernización de Inocuidad de Alimentos  (FSMA) de la FDA de Estados Unidos. 

Salvo algunas excepciones, se aplica prácticamente a todos los fabricantes de alimentos, incluyendo envasadores y plantas de almacenamiento, para identificar y minimizar riesgos, verificar controles y aplicar  acciones correctivas frente a desviaciones que puedan afectar la inocuidad del producto.  

La Sección  103 de la FSMA describe HARPC de la siguiente manera:

"El propietario, operador o agente a cargo de una institución adoptará, de conformidad con esta sección, evaluar los riesgos que puedan afectar a los alimentos fabricados, elaborados, envasados, o en poder de esas instalaciones, identificar e implementar medios de prevención para minimizar significativamente o prevenir la ocurrencia de dichos riesgos y proporcionar garantías de que esos alimentos no están adulterados bajo la sección 402 o mal etiquetados bajo la sección 403, monitorear el desempeño de los controles, y mantener registros de esta vigilancia como una cuestión de práctica habitual”.

¿Qué debe incluir el plan HARPC?

El plan HARPC requiere que cada establecimiento de alimentos tenga documentado los siguientes aspectos:

1. Análisis de peligros de acuerdo al tipo de alimento y proceso.
2. Controles preventivos que aseguren que los peligros pueden ser minimizados o prevenidos.
3. Monitoreo que asegure que los controles preventivos se llevan a cabo y son registrados.
4. Acciones correctivas que se deben realizar ante desviaciones..
5. Verificación que permita asegurar que los controles se realizan de forma consistente.
6. Sistema de registro, que incluya el análisis de peligros, controles preventivos, monitoreo,  acciones correctivas, verificación y validación.

¿HACCP o  HARPC?

El sistema HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) es predecesor regulatorio de la FDA y es un sistema de control de riesgos muy similar, pero que en EEUU  sólo se aplica en la industria de jugos y pescados. En cambio  HARPC es una exigencia legal de la FSMA que  se aplica a cualquier empresa en los Estados Unidos o en el extranjero, que está produciendo alimentos para su distribución y comercialización

Importancia para exportadores de contar con plan HARPC

Para todas las cadenas de suministro de alimentos, nacionales o importados, HARPC representa un nuevo requisito legal y un nuevo enfoque de los riesgos, cuyo reglamento la FDA mantiene actualmente en revisión.

Fuente:www.harpc.com
Fuente: www.fda.gov







BID y Asoex planean desarrollar Plan Piloto en Inocuidad para enfrentar Nueva Ley de Inocuidad Alimentaria de EEUU.

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El 04 de Enero 2011 el Presidente Obama firmó la Ley Food Safety Modernization Act (FSMA), que pone énfasis en la prevención de la contaminación,  en la respuesta eficaz cuando esta se produce  y en el control más eficaz y moderno de cuarentena.

Ante dicho escenario, algunos países exportadores a EE.UU han expresado su preocupación por las consecuencias comerciales de esta ley, pues la FDA, como parte del proceso de implementación de dicha ley, introducirá nuevas regulaciones para asegurar que los productos importados cumplan con las nuevas normas.

Según Edmundo García, Director Regional Asociado de la Oficina Regional para Latinoamérica de la FDA, “la conformación de todo el marco regulatorio que conlleva esta nueva Ley será un proceso largo, pues nos insta a crear cerca de 30 nuevas reglamentaciones y entre 50 a 60 guías, por lo cual, vamos a ir paso a paso y haciendo de éste un proceso transparente, que tome en cuenta las opiniones de los diferentes sectores.”

En este contexto, y de acuerdo a información entregada por el BID a SimFRUIT, esta entidad llevará a cabo un Proyecto de inocuidad para América Latina, cuyo objetivo principal consiste en promover el desarrollo de los sectores exportadores de alimentos de los países de la región y la coordinación  en materia de inocuidad alimentaria a través de la capacitación y apoyo técnico y financiero para mejorar los estándares de inocuidad, mantener y mejorar las condiciones de acceso a los mercados.

El objetivo del proyecto es apoyar a los países de la región para fortalecer sus capacidades (tanto en sector público como privado) en materia de inocuidad alimentaria, a fin de promover la adopción de los mejores estándares necesarios para asegurar la competitividad regional y global de los países.

Así el BID planea desarrollar este proyecto en dos etapas:

Etapa 1 del Proyecto
La fase inicial se llevará a cabo en Chile en base a  un Proyecto Piloto, en coordinación con Asoex. En esta fase se realizará un diagnóstico inicial para determinar las condiciones actuales del sector frutícola chileno, para dar cumplimiento satisfactorio a la FSMA, y se desarrollará el diseño de una hoja ruta que incluya los pasos a seguir para mejorar los estándares, procedimientos e infraestructura del sector exportador, en materia de inocuidad alimentaria.

Durante la primera fase del Proyecto se llevarán a cabo diálogos interministeriales y con el sector privado, para consensuar  hoja de ruta. Asimismo, se impulsará un dialogo con EEUU para establecer mecanismos de colaboración para  implementación de esta guía, permitiendo mejorar las condiciones de acceso a ese mercado.

Etapa 2 del Proyecto
El segundo componente del Proyecto está encaminado a la diseminación y transferencia de conocimiento hacia los distintos países de la región (centroamericanos principalmente).

Según BID, durante esta etapa se prevé el inicio de diversos diálogos con países interesados, con el objetivo de implementar un programa de transferencia de conocimiento desde Chile hacia esos países, y de un intercambio de experiencias y buenas prácticas.

 
Fuente:SimFRUIT

Nueva Ley de Inocuidad de los Alimentos EEUU; "Implicancias para exportadores chilenos"

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A partir del 3 de Julio del 2011 entró en vigencia la nueva Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria (FSMA),  una de las mayores reformas del sistema de seguridad alimentaria de EE.UU. en los últimos años. Esta normativa otorga nuevas facultades a la FDA para proteger la salud pública de los estadounidenses, al garantizar la inocuidad de los alimentos.

La nueva ley promueve un enfoque preventivo,  que impone nuevos requerimientos a los importadores de alimentos de este país, buscando igualar las exigencias de los productos del extranjero con los elaborados dentro de EE.UU.

Se  establecen fuertes controles a los alimentos frescos o procesados que se exportan a ese país, tanto en origen como en destino. Las nuevas regulaciones  obligan a las empresas de cualquier parte del mundo, a certificar todo el proceso productivo. También faculta a la FDA a fiscalizar en el país de origen, las instalaciones antes del embarque de alimentos y a realizar inspecciones en destino, para acreditar que cumple con todas las exigencias establecidas.

Por lo tanto a contar del 3 de Julio de este año, entraron  en vigencia dos regulaciones interinas relacionadas con la seguridad de los alimentos en los Estados Unidos. Estas son las primeras notificadas por la FDA bajo las nuevas atribuciones concedidas por la nueva ley.

La primera norma, relativa a Detención Administrativa de Alimentos, fortalece la capacidad de la FDA para evitar que los alimentos potencialmente inseguros ingresen al mercado estadounidense. Esta reglamentación faculta administrativamente a la FDA a retener los alimentos que la agencia estime que han sido producidos en condiciones insalubres o inseguras.

Ahora la FDA podrá detener por un máximo de 30 días, si es necesario, los productos alimenticios sobre los cuales tiene razones para creer que están contaminados, adulterados o mal etiquetados, a fin de asegurar que se mantengan fuera del mercado, mientras la agencia determina si es necesario una acción ejecutoria, tal como una incautación, o requerimiento por la autoridad federal contra la distribución del producto en el comercio. Se debe considerar que por primera vez la FDA tiene plenas  atribuciones para hacer retiros o recall de alimentos del mercado, lo que anteriormente  era voluntario por parte de las empresas.

La segunda norma, relativa a Notificación Previa, requiere que cualquier empresa que importe alimentos, incluidos los vinos, bebidas alcohólicas y alimentos para  animales a los Estados Unidos, informe a la FDA si algún país ha negado la entrada del mismo producto.

También es importante considerar que la norma exige para  los productos que ingresan a ese país, que todas las empresas que los elaboran,  apliquen el sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP). Este es un  sistema con un enfoque preventivo,  que establece controles a lo largo de toda la cadena, asegurando la inocuidad del producto.

Fuentes: SimFRUIT, ProChile,  Achipia
 Revisar texto completo nueva ley en link FDA