Sernapesca bloqueó stock de salmones de Marine Harvest

Funcionarios de Sernapesca visitaron la casa matriz de Marine Harvest Chile e iniciaron inspección por presencia de Cristal Violeta  en uno de los embarques de salmón enviados por esta empresa a Estados Unidos.

"Durante esta visita inspectiva se pudo constatar que la FDA notificó a la filial de Marine Harvest en Estados Unidos, de la detección de una muestra positiva a Cristal Violeta, encontrada al interior de un contenedor que transportaba en total 17 mil 987 kilos de salmón congelado, de los cuales 16 mil 743 kilos corresponden al calibre entre 7,5 a 8,5 onzas, que es donde se produjo la detección", precisaron las autoridades.

Agregó que en su notificación, la FDA reporta que de un total de 12 muestras de salmón del mencionado calibre, sólo una de ellas arrojó un resultado positivo a Cristal Violeta.

Con la identificación del lote, Sernapesca pudo establecer la trazabilidad del producto, determinándose que las porciones de salmón involucrado en esta detección, provienen de las jaulas 101, 106, 203, 204, 206, 207, 208 y 201 del Centro Apiao, ubicado en Isla Apiao, Chiloé, propiedad de Marine Harvest y que actualmente se encuentra sin operaciones.

Se determinó que el salmón fue procesado en la planta Pesquera del Mar Antártico (Puerto Montt) la cual fue inspeccionada a principios de julio, en el marco de las fiscalizaciones mensuales que se realizan a las plantas sujetas al Programa de Aseguramiento de Calidad.

Actualmente el contenedor está en poder de Marine Harvest USA, con prohibición de ser movilizado y comercializado, preciso.

Sernapecta informó que dispuso el bloqueo del stock físico aún disponible en Chile, mientras realiza todas las inspecciones pertinentes y determina la trazabilidad hasta agua dulce, para así determinar o descartar el uso de Cristal Violeta en el proceso productivo. Además se solicitó el muestreo de los alimentos utilizados en la etapa de engorda.

Finalmente, Sernapesca informó que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, si se constata el uso de fármacos o sustancias químicas prohibidas para la acuicultura, la entidad puede cursar multas de entre 500 a 3 mil Unidades Tributarias Mensuales.

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