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El 5,5 % de los niños chilenos es alérgico a algún alimento

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Estudio reciente determinó un 5,5% de prevalencia de alergia alimentaria infantil en Chile. Los alimentos más alergénicos son el  maní, las nueces, los huevos, el chocolate y la palta.

Expertos de la U. Católica y del Instituto Milenio de Inmunología e Inmunoterapia realizaron el primer estudio de prevalencia de alergia alimentaria infantil en Chile, demostrando que el 5,5% de los menores del país padece este trastorno. En la investigación se estudió a más de 400 escolares de la Región Metropolitana a través de encuestas aplicadas a padres e hijos, demostrando que, al igual que en EE.UU., los principales alimentos que causan alergia son las nueces, el maní y el huevo.

Las cifras reportadas a nivel internacional estimaban que entre un  3% y 10% de la población infantil podría presentar una respuesta inmunológica exagerada a algún alimento, y que en el caso de los adultos, podría llegar al 4%.

Uno de los elementos que más sorprendió a los investigadores es el alto número de niños alérgicos a la palta, similares a los del huevo y el plátano, presumiblemente por su alto consumo en el país.

El Dr. Arturo Borzutzky, líder del estudio, indicó  que es difícil predecir la gravedad de una alergia alimentaria. “Depende de cuántos anticuerpos a ese alimento tenga ese niño. Hay algunos que con un maní pueden hacer una reacción alérgica, otros tendrían que comer varios gramos antes de presentar algún síntoma. Por eso, cuando ocurre una manifestación y se identifica a qué fue, se les pide que eviten cualquier contacto con ese alimento y sus derivados”, señala.

El experto señala que se debe estar atento a  reacciones cruzadas entre alérgenos: “Muchos alimentos pertenecen al mismo grupo. Si el niño es alérgico a las nueces, probablemente lo sea a las avellanas. Si lo es a los mariscos, quizás lo es también a los crustáceos”.

Fuente: La Tercera (Edición 09-02-2014)

Empresas deberán declarar componentes alergénicos por ley

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De acuerdo a nueva normativa que entrará  en vigencia en Enero del 2013,  las empresas deberán advertir en el etiquetado,  de la presencia de  alérgenos alimentarios.

A partir de enero de 2013 comenzará a regir en Chile la nueva normativa sobre rotulado de alérgenos en alimentos,  que obligará a todos los fabricantes de productos alimenticios especificar claramente sus componentes.

La Resolución Exenta Nº 427 del 3 de Julio del 2011,  define la lista de alérgenos alimentarios que deben rotularse, conforme al reglamento sanitario de los alimentos. Según esta normativa, en el rótulo deberá figurar la lista de todos los ingredientes y aditivos que componen el producto, con sus nombres específicos y en orden decreciente de proporciones.

Lo anterior es fundamental para poder proteger la salud de muchas personas que presentan algún tipo de hipersensiblidad alimentaria,  producto de estos alérgenos y que pueden generar alergias o en intolerancias.

Según explica Ximena López, gerente técnico de Granotec, uno de los aspectos más importantes de la norma que entrará en vigencia,  es que los productores deben no sólo señalar los componentes que producen alergias o intolerancia, sino que advertir de la presencia de aquellos elementos que involuntariamente hayan contaminado el producto durante la cadena de elaboración, transporte y almacenamiento.

Los componentes alergénicos que deberán ser advertidos en las etiquetas de los productos son: gluten, crustáceos, pescados, huevos, maní, soya,  nueces, leche (caseína y lactosa) y sulfitos.

Ximena López aclara que a diferencia de la normativa del Mercosur, en Chile no se incluyó a los colorantes,   en el listado de los elementos a advertir,  ya que no son alérgenos. Sin embargo, aclara,  que hay estudios epidemiológicos europeos que demuestran que estos componentes pueden provocar el síndrome de déficit atencional en los niños.

Fuente: http://www.emol.com  Ver presentación Achipia
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Reglamentación de los Alérgenos Alimentarios en Chile

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El 6 de  Enero del año 2011 fue publicado en el Diario Oficial  el Decreto Nº 88 que modifica el Reglamento Sanitario de los Alimentos (D.S. 977/96), dando origen a la nueva ley de etiquetado alimentario, que obligará a las empresas a especificar las sustancias más comunes presentes en los alimentos, que pueden desencadenar reacciones alérgicas.

Las alergias alimentarias han experimentado un notable aumento en la población, ocasionando cuadros de graves consecuencias debido a la ingestión de bajas dosis de alérgenos presentes en los alimentos. La única medida eficaz de prevención y tratamiento para proteger a la población susceptible,   es la  eliminación  estricta del alérgeno de la dieta. Lo anterior también implica, dar al consumidor la información respecto de los productos alimenticios y sus ingredientes en relación a la probable alergenicidad de los mismos.

La Resolucción Exenta Nº 427 del Ministerio de Salud, define la Lista de Alérgenos Alimentarios que deben rotularse, de acuerdo a lo establecido en letra h) del Art. 107 del Reglamento Sanirtario de los Alimentos. De esta forma se definen como "Alérgenos Alimentarios" a :
  1. Cereales que contienen gluten: Trigo, avena, cebada y zenteno, espelta o sus cepas híbridas, y productos de éstos.
  2. Crustáceos y sus productos.
  3. Huevos y sus productos.
  4. Pescados y productos pesqueros.
  5. Maní, soya y sus productos.
  6. Leche y productos lácteos (incluida lactosa).
  7. Nueces y productos derivados.
  8. Sulfito en concentraciones de 10 mg/Kg. o más.
Esta resolución entrará en vigencia 18 meses después de la fecha de publicación en el diario oficial, por lo que  las empresas alimentarias deberán  implementar a la brevedad, todos sus programas de control de alérgenos y cumplir con la rotulación exigida.


Ver:
http://www.legalpublishing.cl/contenidolp/AgAduana/01_Doc_Rec_Publicacion/05_Doctos_OOrganismo/Dto_088_20110106_Min%20Salud.htm
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1014985&idVersion=2012-01-03