Nueva Ley de Inocuidad de los Alimentos EEUU; "Implicancias para exportadores chilenos"


A partir del 3 de Julio del 2011 entró en vigencia la nueva Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria (FSMA),  una de las mayores reformas del sistema de seguridad alimentaria de EE.UU. en los últimos años. Esta normativa otorga nuevas facultades a la FDA para proteger la salud pública de los estadounidenses, al garantizar la inocuidad de los alimentos.

La nueva ley promueve un enfoque preventivo,  que impone nuevos requerimientos a los importadores de alimentos de este país, buscando igualar las exigencias de los productos del extranjero con los elaborados dentro de EE.UU.

Se  establecen fuertes controles a los alimentos frescos o procesados que se exportan a ese país, tanto en origen como en destino. Las nuevas regulaciones  obligan a las empresas de cualquier parte del mundo, a certificar todo el proceso productivo. También faculta a la FDA a fiscalizar en el país de origen, las instalaciones antes del embarque de alimentos y a realizar inspecciones en destino, para acreditar que cumple con todas las exigencias establecidas.

Por lo tanto a contar del 3 de Julio de este año, entraron  en vigencia dos regulaciones interinas relacionadas con la seguridad de los alimentos en los Estados Unidos. Estas son las primeras notificadas por la FDA bajo las nuevas atribuciones concedidas por la nueva ley.

La primera norma, relativa a Detención Administrativa de Alimentos, fortalece la capacidad de la FDA para evitar que los alimentos potencialmente inseguros ingresen al mercado estadounidense. Esta reglamentación faculta administrativamente a la FDA a retener los alimentos que la agencia estime que han sido producidos en condiciones insalubres o inseguras.

Ahora la FDA podrá detener por un máximo de 30 días, si es necesario, los productos alimenticios sobre los cuales tiene razones para creer que están contaminados, adulterados o mal etiquetados, a fin de asegurar que se mantengan fuera del mercado, mientras la agencia determina si es necesario una acción ejecutoria, tal como una incautación, o requerimiento por la autoridad federal contra la distribución del producto en el comercio. Se debe considerar que por primera vez la FDA tiene plenas  atribuciones para hacer retiros o recall de alimentos del mercado, lo que anteriormente  era voluntario por parte de las empresas.

La segunda norma, relativa a Notificación Previa, requiere que cualquier empresa que importe alimentos, incluidos los vinos, bebidas alcohólicas y alimentos para  animales a los Estados Unidos, informe a la FDA si algún país ha negado la entrada del mismo producto.

También es importante considerar que la norma exige para  los productos que ingresan a ese país, que todas las empresas que los elaboran,  apliquen el sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP). Este es un  sistema con un enfoque preventivo,  que establece controles a lo largo de toda la cadena, asegurando la inocuidad del producto.

Fuentes: SimFRUIT, ProChile,  Achipia
 Revisar texto completo nueva ley en link FDA

1 comentarios:

MARIA dijo...

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